noviembre 4, 2025

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Santa Fe, Argentina

La CAB establece la obligatoriedad del Certificado de Antecedentes Penales

La Confederación Argentina de Básquetbol (CAB) aprobó una nueva normativa que establece la obligatoriedad de presentación del Certificado de Antecedentes Penales para todas las personas que desarrollen actividades en clubes afiliados a la CAB.

La medida, que entrará en vigencia el 1° de enero de 2026, busca garantizar un entorno deportivo seguro y proteger la integridad de niños, niñas, adolescentes y todas las personas que participan en actividades vinculadas al básquet argentino.

La disposición alcanza a entrenadores, preparadores físicos, médicos, kinesiólogos, árbitros, oficiales de mesa, personal administrativo, de mantenimiento, seguridad y voluntarios, entre otros roles que impliquen contacto directo o indirecto con deportistas, especialmente menores de edad.

La nueva reglamentación se sustenta en diversas normas nacionales e internacionales, entre ellas la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, la Ley 27.234 de Registro de Datos de Violencia Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes, y los Principios de Salvaguarda Deportiva promovidos por organismos internacionales como el Comité Olímpico Internacional (COI) y la Federación Internacional de Básquet (FIBA).

La obligación se aplica a todos los clubes, instituciones y organizaciones deportivas afiliadas o reconocidas por la CAB en todo el territorio nacional.

Procedimiento y control

Cada club deberá informar a su personal sobre la nueva disposición, solicitar el certificado previo a la contratación o designación de funciones, verificar su autenticidad y mantener un registro actualizado en el sistema GES.

Los certificados deberán ser vigentes, originales o copias certificadas, con una validez no mayor a 90 días desde su emisión y deberán renovarse cada dos años.

La CAB podrá requerir en cualquier momento la documentación respaldatoria y aplicar sanciones a las instituciones que no cumplan con lo establecido, que pueden incluir apercibimientos, multas, suspensión o exclusión de afiliación, según la gravedad del incumplimiento.

Protección de datos y confidencialidad

Toda la información vinculada a los certificados será tratada con estricta confidencialidad, conforme a la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales, y solo podrá ser consultada por las autoridades designadas de cada club.

Con esta normativa, la CAB reafirma su política de tolerancia cero frente a cualquier forma de violencia o abuso, y promueve la implementación de buenas prácticas institucionales en materia de protección y cuidado.

Fuente: Prensa CAB

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